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Real Decreto, discapacidad

Entrada en vigor del nuevo baremo de discapacidad a nivel nacional

El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad publicado hoy en el BOE, que sustituye al baremo que estaba en vigor desde 1999. Es un modelo biopsicosocial de la CIF adoptado para conceptualizar la discapacidad por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, aprobada el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), en cuyo preámbulo se reconoce que la discapacidad es un hecho social y un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

De esta forma, el Gobierno da cumplimiento a los compromisos adoptados en la esfera nacional e internacional y se da respuesta a una demanda de las personas con discapacidad, un colectivo formado por 4,38 millones de personas en España según el INE, que llevaba bloqueada 10 años. Representantes de la sociedad civil de la discapacidad participarán además en primera persona como integrantes de la Comisión de Valoración de la Discapacidad.

Este texto, que se ha construido sobre la base del diálogo territorial, establece unos criterios objetivos para la valoración y calificación del grado de discapacidad en todo el territorio del Estado, garantizando con ello el acceso en igualdad de condiciones para toda la ciudadanía. Además, proporciona una base científica para la comprensión y el estudio de la salud y de los componentes sociales y económicos que impactan en la persona, garantizando una descripción más precisa y completa del grado de discapacidad que redunda en una mayor eficiencia y transparencia.

El texto aprobado establece un trámite de urgencia cuando fuese necesario por causas humanitarias o de especial necesidad social, como son las víctimas de zonas en guerra, o de salud y de esperanza de vida, como es el caso de las personas con enfermedades degenerativas, como la ELA, entre otras. También se incluyen en esta reducción de plazos a las mujeres víctimas de violencia de género, ya que, según la última Macroencuesta de Violencia contra la Mujer, el 17,5% tienen una discapacidad ocasionada por esta violencia.

Los menores con discapacidad ejercerán sus derechos en igualdad de condiciones, sin discriminación por motivos de edad o discapacidad, recibirán asistencia y apoyos adaptados a sus circunstancias y tendrán el mismo derecho que los adultos a ser informados y escuchados.

Como novedad, su tramitación ha puesto en el centro a la persona flexibilizando el proceso a través de medios telemáticos y asegurando en todo momento la accesibilidad universal. Asimismo, permite que la persona pueda ir acompañada de una persona de confianza, lo que redundará favorablemente en la autonomía y seguridad de las personas con discapacidades severas o grandes necesidades de apoyo.

También dispone de una valiosa fuente de información para el estudio y observación de las realidades derivadas de la discapacidad, situación real y evolución, permitiendo la comparación entre países, disciplinas y servicios en diferentes momentos a lo largo del tiempo, y facilitando la explotación de información en otros campos de la salud.

Esta norma recoge seis Anexos, referidos a Normas generales (Anexo I); Resumen básico de los componentes del baremo Primer nivel (Anexo II); Baremo de evaluación de las funciones y estructuras corporales/ Deficiencia Global de la Persona (BDGP) (Anexo III); Baremo de evaluación de las capacidades / Limitaciones en la Actividad (BLA) (Anexo IV); Baremo de evaluación del desempeño / Restricciones en la Participación (BRP) (Anexo V); y Baremo de evaluación de los Factores Contextuales / Barreras Ambientales (BFCA) (Anexo VI).

Además, ya se está programando desde la Administración una formación especializada a todo el personal valorador en las nuevas herramientas, como garantía de equidad en su aplicación.

Si se desa descargar o consultar toda la información relativa a este Real Decreto, se puede hacer pulsando en el siguiente enlace:

Descargar Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre

⊶ Origen de los datos: Imserso
Última actualización: 20-11-2022 21:45